El Síndic de Greuges abronca a Català por no registrar las actas del órgano de emergencias: “El control es imposible”
LEER ESTE TEXTO EN CATALÁN
El Síndic de Greuges, la figura que encarna al defensor del pueblo valenciano, abronca al Ayuntamiento de València por seguir negándose a registrar y publicar las actas del órgano municipal de emergencias. La institución estatutaria afirma que la falta de esta información, que la investigación sobre la dana de octubre de 2024 ha demostrado clave, hace que “el control de los órganos de coordinación sea imposible”, a raíz de una queja de Compromís.
La oposición solicitó una batería de documentación relacionada con la gestión municipal de las emergencias, tal como hizo el PP de María José Catalá cuando se encontraba en su lugar. Ya en 2021, con Joan Ribó como alcalde, el Síndic de Greuges recomendó a la Administración registrar las actas del Cecopal, “especificando, necesariamente, los asistentes, el orden del día de la reunión, las circunstancias del lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de las deliberaciones y el contenido de los acuerdos adoptados, con la finalidad de acreditar su existencia y facilitar su público conocimiento”.
Cinco años después, el órgano que encabeza Ángel Luna insiste en que deben publicarse las actas, algo que sí hacen municipios como Mutxamel o Elche, y no comprende los argumentos del consistorio que encabeza Catalá. El Cecopal reúne a los responsables de Policía, Bomberos, Protección Civil y otras áreas estratégicas del gobierno en situaciones de emergencia y preemergencia para coordinar las actuaciones en materia de seguridad.
El gobierno de PP y Vox apuntó en la respuesta al Síndic que el Cecopal no es un órgano común, sino que tiene “unas funciones y una singularidad que resultan ajenas a la estructura de naturaleza burocrática” y concluyó que “no hay actas de las sesiones del citado órgano, ni obligación legal” de tenerlas. Entre otras particularidades, defienden que no existe una secretaría que tome notas sobre las decisiones, y que la composición del órgano viene determinada por una norma de carácter supramunicipal.
El Síndic ya emitió una resolución en la que desestimó estas alegaciones. “La inexistencia de grabaciones o actas impide, no solo demostrar la existencia de los actos administrativos adoptados y el control de legalidad de estos, sino también su público conocimiento para exigir la posterior rendición de cuentas por parte del conjunto de la ciudadanía”, afirma la resolución, que subraya que es “indudable” que el Cecopal es un órgano administrativo de coordinación y, por tanto, se deben registrar por escrito los actos.
Ahora, pasado más de un mes, constata que el consistorio no ha tomado medidas para aceptar sus recomendaciones y procede a cerrar el expediente. Señala, como ya es costumbre, que “llegados a este punto se hace evidente que desde el Ayuntamiento de València no se han realizado las actuaciones necesarias para atender las recomendaciones del Síndic. Este comportamiento ha impedido conseguir, de manera efectiva, la satisfacción de los derechos reclamados por la persona promotora de la queja”.
0