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Laboral Kutxa engañó a un electricista al que debe devolver la inversión

eldiarionorte.es

Vitoria-Gasteiz —

Un juzgado de Vitoria ha condenado a Laboral Kutxa a devolver a un electricista los 35.000 euros que invirtió en aportaciones subordinadas de Eroski al considerar que no queda probado que la entidad financiera explicase “razonable y comprensiblemente” que el producto era perpetuo. La sentencia, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de la capital alavesa, también declara la nulidad de contrato firmado en 29 de junio de 2007 y da la razón al afectado, que denunció a la entidad al no poder recuperar en 2011 el dinero invertido.

El magistrado explica en su resolución que ha quedado probado que el electricista “no tenía especiales conocimientos financieros o académicos” y que nunca hasta entonces había tenido en cartera productos “sofisticados, complejos o de rentabilidad especulativa”. “El perfil del inversor no era el adecuado”, resume. Añade que las subordinadas no son un producto para todo tipo de inversores ya que se “precisa de unos conocimientos” concretos de los que en este caso carecía la persona afectada, un “inversor minorista no especulativo y conservador”.

La empleada no recuerda “casi nada”

El titular del juzgado vitoriano afirma que ha quedado también probado que el hombre suscribió las aportaciones por las explicaciones que recibió de una de las empleadas de Laboral Kutxa, que “siempre le había asesorado”, y por la “confianza muy elevada” que tenía tanto en ella como en la entidad laboral. Afirma que es incluso la trabajadora de Laboral Kutxa la que llamó dos veces a su cliente para ofrecerle el producto y que ésta no recuerda “casi nada” de la información que le dio, a pesar de que fue ella quien, según el magistrado, “decidió prácticamente” la cantidad que debe invertir.

El magistrado sí da veracidad a las afirmaciones del cliente, quien asegura que la asesora de Laboral Kutxa le informó de que era un producto “seguro y recuperable, con un tope máximo de cinco años”, ya su declaración guarda lógica con el hecho de que dos años después de invertir en subordinadas suscribiese un contrato de cuenta vivienda, de lo que se deduce que iba a necesitar dinero para adquirir un piso “en un futuro no muy lejano”.

El cliente suscribió las aportaciones con “casi todo su patrimonio” sin tener “pleno conocimiento ni constancia de lo que efectivamente firmaba” y la trabajadora de Laboral Kutxa ofreció un producto “que no era bueno ni apropiado” para “un cliente normal del banco”, concluye el magistrado que ve la existencia de un “consentimiento viciado” en este caso, según señala la agencia Efe. Por todo ello, el juez anula el contrato y condena a Laboral Kutxa a devolver 35.000 euros a los que se restarán los intereses abonados durante este tiempo. Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava.

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