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Tres sentencias avalan el arresto de los miembros de la UME pillados de juerga con civiles en un recinto militar

Un efectivo de la UME, en las labores de extinción.

Lucas Marco

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Los tres miembros de la Unidad Militar de Emergencias (UME) pillados en plena juerga alcohólica con civiles en unas instalaciones oficiales en Ibiza en septiembre del 2020 han agotado todas las vías jurídicas que iniciaron para intentar tumbar la sanción de arresto en un establecimiento disciplinario militar que les cayó como autores de una falta grave. Un cabo fue sancionado con 25 días de arresto mientras que los otros dos soldados vieron rebajada la pena a 20 días.

Los tres soldados, destinados en la base Jaime I de Bétera (Valencia), organizaron una fiesta la madrugada del 4 al 5 de septiembre del 2020 con “diverso personal femenino” civil que accedió sin autorización oficial a las instalaciones de Sa Coma, un edificio cedido por el Consell d'Eivissa a la UME mediante un convenio con el Ministerio de Defensa. El “personal civil” usaba un salvoconducto “personal e intransferible” que los encargados de seguridad del recinto militar habían facilitado a los soldados de la UME para acceder al recinto.

En la fase de resaca jurídica, los sancionados recurrieron, sin éxito, el acuerdo del teniente general jefe de la UME que les impuso el arresto. En paralelo, también recurrieron la resolución de la ministra de Defensa, Margarita Robles, que confirmó la sanción agotando la vía administrativa.

Así, la sección primera del Tribunal Militar Central ha desestimado los últimos recursos de los soldados sancionados en sendas sentencias. Los fallos, prácticamente idénticos, señalan que la “convicción de que los hechos han acaecido” esta “claramente expresada” en los expedientes disciplinarios, sin que se hayan visto desvirtuados por la prueba practicada, especialmente por la testifical de un teniente coronel que inició el parte disciplinario. En definitiva, la resolución del Ministerio de Defensa es conforme a derecho, concluyen las tres sentencias.

La jarana impidió dormir a los críos que pernoctaban en el centro de menores Padre Morey, muy cercano a las instalaciones militares. La directora del centro, que declaró como testigo, revisó las imágenes de las cámaras de seguridad que grabaron a cuatro mujeres accediendo a las instalaciones, a un militar de la UME orinando “fuera del edificio con síntomas de embriaguez tambaleándose” y a otro uniformado chocándose “con el cristal” al acompañar a las civiles hasta el taxi que las esperaba de buena mañana. 

Un vigilante de seguridad también vio a uno de los soldados saliendo en calzoncillos del destacamento para “jugar al ping-pong en el centro de menores con tal vestimenta”.

Órdenes de estar en “perfectas condiciones”

La sentencia inicial reprocha a los militares que estuvieran de fiesta a pesar de ser conocedores de su obligación de “disponibilidad permanente” (el tiempo máximo de incorporación del destacamento es de una hora). Los tres miembros de la UME estaban en Ibiza precisamente en el marco de un operativo de prevención del fuego, con la misión de “facilitar la constitución de los elementos de intervención por incendio forestal en esa zona”, además de encargarse del transporte de los vehículos asignados a otra de las islas en caso necesario. 

Los soldados, según las instrucciones de la UME, tienen órdenes de estar en “perfectas condiciones para ejecutar sus cometidos por si hay que actuar ante una emergencia, debiendo estar preparados con los vehículos”.

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