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Archivada la causa por el derribo de la cruz de los caídos en la Vall d'Uixó al no ver el juez delito de incitación al odio

Momento en el que es derribada la cruz de los caídos en la Vall d'Uixó

Toni Cuquerella

El derribo de la cruz de los caídos de la Vall d'Uixó se ajusta a la ley. Así lo dictamina la justicia después de que el juez instructor de la causa haya decidido archivar la causa presentada por la asociación ultracatólica Abogados Cristianos en los que acusaba a la alcaldesa Tania Baños y a su equipo de gobierno de prevaricación y delito de incitación al odio.

Esta retirada de la cruz de los caídos, a la que se opusieron desde el PP a colectivos católicos y conservadores, se realizó en base a la Ley de Memoria Histórica, y en esto se basa el escrito del juez que afirma que “no puede considerarse que exista indicio alguno de la comisión de dichos ilícitos” y que además “el actuar de la denunciada debe considerarse acertado y adecuado a derecho”.

Así, sobre la denuncia por prevaricación, señala que no existe “el más mínimo indicio de desviación en la normativa de contratación pública” y por lo que respecta al delito de incitacion al odio apunta que “las decisiones no serán de agrado de todos los vecinos”, pero que no se puede deducir que se haya buscado promover “el odio” o “la hostilidad”.

La alcaldesa Tania Baños se ha felicitado por este archivo de la denuncia con un comunicado en redes sociales en las que afirma que “soy inocente y la retirada de la cruz de los caídos es legal”. Añade que “cumplimos la ley por defender que no podía haber un monumento franquista en el centro de la ciudad”. Concluye afirmando que “no les voy a pedir que pidan perdón” sino que se conforma “con la mejor sentencia de todas: el apoyo que nos disteis en las urnas que nos ha llevado a revalidar el gobierno a pesar de todo”.

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