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Las multas por maltrato animal en Castilla-La Mancha se multiplican por diez tras renovar su ley de hace 30 años

Cachorro abandonado en una perrera

Alicia Avilés Pozo

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Tres décadas después de su primera normativa contra el maltrato animal, hoy obsoleta, Castilla-La Mancha ya tiene una nueva ley. El pleno de las Cortes regionales ha aprobado, tras cinco años de debates, bloqueos, escollos y un millar de alegaciones, el proyecto de Ley de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales con el apoyo de PSOE y Ciudadanos y la abstención del PP. Con su entrada en vigor se multiplicarán por diez (hasta 60.000 euros) las multas por maltratar y matar animales domésticos (que todavía estaban en pesetas al ser la antigua normativa de 1990), se promoverá el sacrificio cero y se prohibirán en la comunidad autónoma los circos con animales salvajes.  

No obstante, la nueva ley sigue estando rodeada de polémica. Nace con las críticas de varios colectivos animalistas por mantener finalmente el tiro al pichón, aunque con limitaciones, y por haber excluido a los perros de caza de la protección, al menos cuando están pariticipando en la actividad cinegética. También ha recibido duras críticas del PP porque la ley deja en manos de los ayuntamientos muchas de las competencias “sin apenas presupuesto”.

Desde su “desbloqueo” debido a los escollos con cazadores y ecologistas, el anteproyecto ha incluido algunas novedades y ha matizado otros tantos contenidos incluidos en los anteriores borradores. El añadido más relevante es que se permitirá la entrada de animales domésticos en restaurantes, hoteles, edificios públicos y transportes salvo que exista una autorización expresa. De esta forma, se invierte la fórmula actual, que es la prohibición implícita salvo autorización de entrada. Se trata de una novedad importante que no está regulada en la mayoría de comunidades autónomas españolas, pero sí en otros países europeos como Alemania.  

En el texto de la ley se añaden algunas excepciones a este precepto, como motivos de salud pública (debido a la situación actual de pandemia de COVID-19) y otros como la tenencia de animales potencialmente peligrosos y/o de las ordenanzas municipales o normativa específica. Se exceptúa de lo anterior también a los establecimientos destinados a la elaboración, venta y almacenamiento, transporte o manipulación de alimentos, donde queda prohibida la entrada de los animales de compañía. De cualquier forma, en caso de no admitir la entrada y estancia del animal deberán mostrar un distintivo que lo indique, visible desde el exterior del establecimiento.

El consejero de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, Francisco Martínez Arroyo, ha defendido la ley poniendo por delante que Castilla-La Mancha se pone “a la vanguardia” en el bienestar animal, renovando una normativa que data de 1990 y que actualmente está obsoleta. Ha resumido el contenido de la ley con la filosofía de que los animales pasan a ser considerados “como seres sintientes y no como cosas”.

Se ha modificado uno de los aspectos más polémicos de la ley como es la prohibición del tiro al pichón, una práctica deportiva de Castilla-La Mancha que han defendido las federaciones de caza y que provocó parte de su bloqueo. El anteproyecto mantiene su prohibición pero solo en los casos de procedimiento mecánico, es decir, en el que se lanza a la paloma a través de un tubo. A partir de su entrada en vigor, solo podrá realizarse el tiro en el caso de que los pichones salgan de una jaula y “no sean lanzados”. Tampoco podrá realizarse en ferias ni festejos de la región, sino solo en campos de tiro autorizados. “Hemos realizado un planteamiento técnico al límite para evitar el conflicto de esta práctica con el bienestar animal”.

Por otra parte, se mantienen en el borrador algunas prohibiciones de actividades como las peleas de perros, de gallos o de cualquier otro animal -que no están expresamente sancionadas en la ley actual-, la presencia de animales salvajes en los circos, los animales atados en ferias (como por ejemplo los ponis), su explotación con fines comerciales y las mutilaciones estéticas.

La ley persigue el 'sacrificio cero' pero con excepciones sanitarias, de seguridad o de zoonosis. El Gobierno regional afirma ser “consciente” de la dificultad de que no haya sacrificios, pero afirma que es el objetivo y que en los supuestos excepcionales para practicar la eutanasia, se regula que siempre la realice un veterinario oficial y sin efectos dañinos que supongan sufrimiento para el animal.

En el caso de los circos, el anteproyecto se ajusta al reglamento comunitario en cuanto a la definición de estos espectáculos, considerándolos a todos ‘in itinere’. Y en este caso la prohibición excluiría a los animales de producción y a los domésticos. Es decir, no podrán utilizarse elefantes, leones o tigres, pero sí perros, gatos o caballos siempre y cuando haya seguridad y garantías absolutos sobre su bienestar.

Perros de caza

Otro de los escollos en la redacción de la ley fue la definición de los perros utilizados para la caza, como galgos o podencos. Finalmente, queda establecido que a estos animales les afectará la nueva ley de bienestar animal, “salvo en el momento es que estén realizando la actividad cinegética” cuando les será de aplicación la Ley de Caza. El consejero ha precisado que cuando están cazando sufren un estrés que “sería incompatible” con la nueva normativa, por lo que se realiza esa excepción. 

Desde la oposición, las principales críticas han llegado de la mano del diputado del PP Emilio Bravo, quien ha criticado que buena parte de la gestión de la ley se deje en manos de los ayuntamientos, y quien ha pedido que el proyecto de ley se paralizara hasta que haya un nuevo dictamen del Consejo Consultivo. Según ha desvelado, un voto particular de este órgano ha establecido la inconstitucionalidad de prohibir la venta particular de animales por ir contra la garantía de unidad de mercado. El consejero ha rechazado posteriormente esta propuesta afirmando que la nueva normativa es constitucional y que avanza “de manera radical” hacia la protección de los animales y la garantía sanitaria.

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