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Joaquín Muñoz: “El derecho al olvido en Google no es censura”

Joaquín Muñoz, abogado del caso contra Google

Alejandro Ávila

Mario estaba cansado de que cada vez que tecleaba su nombre en Google apareciera asociado al embargo de un inmueble. Un día se decidió a denunciar… a Google. Y ganó: el pasado mes de abril el Tribunal Europeo reconoció el derecho al olvido. Su compañero en esta batalla contra el gigante de Mountain View fue Joaquín Muñoz. El abogado ha estado este fin de semana en el Evento Blog celebrado en Sevilla para explicar qué es el derecho al olvido.

Muñoz afirma que “a partir de esta sentencia, los usuarios tienen derecho a solicitar al buscador que esa información que consideran inadecuada, excesiva o irrelevante no aparezca indexada a su nombre y apellido al hacer una búsqueda”.

Aunque suene a censura o estado orwelliano, subraya que “no se borra ninguna información, sino que simplemente no aparece indexada”. Es decir, al teclear tu nombre en Google deja de estar asociado a esa información perjudicial sin que se borre de su alojamiento web original. “Si es una información sobre una empresa que ha ido a la quiebra, no saldría por el nombre del empresario, pero sí podrías buscarlo por el nombre de la empresa”, puntualiza Joaquín.

Caso por caso

El abogado destaca además que “hay que dejar claro que quien lo solicita no puede ser una persona pública o que no puede haber un interés público”. A ningún político que, por ejemplo, haya estado implicado en un caso de corrupción se le otorgará el derecho al olvido por ser un asunto de relevancia pública. El propio buscador lo advierte así: “al evaluar tu solicitud, tendremos en cuenta si los resultados incluyen información obsoleta sobre tu vida privada, así como si existe un interés público en lo que respecta a la información que permanece en los resultados de búsqueda de Google (por ejemplo, si está relacionada con estafas financieras, con negligencia profesional, con condenas penales o con tu conducta como funcionario público, tanto electo como designado)”.

La justicia deja en manos de los buscadores que “decidan en primera instancia. El usuario puede recurrir luego esa decisión ante los tribunales o ante la agencia de protección de datos. Además, cuando eliminan un enlace, informan al medio, que puede recurrir esa decisión”. Muñoz incide en que “no es una norma general, sino que tiene que ser aplicada caso por caso. Hay que ver qué derecho prevalece, si el derecho a la intimidad, honor o protección de datos frente a la libertad de expresión o el derecho de información. No son derechos absolutos, hay que estudiar cada caso y ponderarlo”.

David contra Golliat

La resolución del Tribunal Europeo ha tenido tal éxito que la Agencia Española de Protección de Datos asegura que ya ha resuelto casi 200 reclamaciones de personas que solicitan su derecho al olvido. Para el jurista, el mayor riesgo es que se pueda conceder el derecho al olvido a políticos o gente que ha cometido delitos y no se lo merece. Asegura, eso sí, que por los casos que conoce “de momento se está aplicando correctamente y se responde que sí a más de la mitad de los casos. Habrá que esperar a los recursos para ver si lo están aplicando o no”.

A pesar de la alegría de haberle ganado la partida a una empresa que ingresó el año pasado 16.858 millones de dólares, Joaquín recuerda que “puede parecer que era una batalla de David contra Golliat, pero íbamos de la mano de abogados de estado de España o de la Unión Europa, que argumentaban en la misma línea que nosotros”.

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