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La Fiscalía de Valencia, contra el veto de Xeraco a las empresas israelíes

El alcalde de Xeraco, Francesc Serralta (Compromís), junto a la diputada provincial de Turismo

EFE

Valencia —

El pleno del ayuntamiento de Xeraco -gobernado por Compromís, PSPV y la coalición Acord Ciutadà- aprobaba el pasado mes de mayo una moción para que no se establecieran convenios, acuerdos o contratos de ningún tipo con empresas, instituciones u organizaciones israelíes “hasta que Israel no respete los Derechos Humanos” y “acate el derecho a la autodeterminación del pueblo palestino”. Ahora, la Fiscalía Provincial de Valencia ha pedido la nulidad de este acuerdo municipal.

El texto, que salió adelante con los votos de los partidos del equipo de gobierno local, excluye de la prohibición a aquellas entidades que reconozcan los “derechos inalienables del pueblo palestino”. Así mismo, planteaba la adhesión del consistorio a la campaña “de boicot, desinversión y sanciones contra el Aparheid israelí”, además de la difunsión del sello “Espacio Libre de Aparheid israelí” entre los vecinos de esta localidad de algo más de 6.000 habitantes y situada al sur de la provincia de Valencia.

De igual modo, la propuesta instaba a informar a los ciudadanos y al tejido empresarial del municipio de que vender, comprar, invertir o firmar contratos con empresas israelíes “podrá suponer estar implicados en litigios con la población palestina afectada, violaciones de derechos humanos e incluso acusados por crímenes de guerra”.

Pues bien, el ministerio fiscal considera que el citado acuerdo vulnera los derechos fundamentales recogidos en la Constitución a la igualdad; la no discriminación; la libertad religiosa y de culto, y a no ser obligado a declarar sobre la ideología, religión o creencias de cada uno.

Recurso contra el acuerdo

La Asociación de Acción y Comunicación de Oriente Medio, junto con un particular, recurrió este acuerdo por considerar que infringe los derechos a la igualdad, la no discriminación y la libertad religiosa, ideológica, de expresión y de cátedra, y según informa en su página web, el juzgado número 10 de Valencia decidió paralizarlo.

Fuentes municipales, han señalado que el acuerdo está paralizado desde que se tuvo conocimiento de la presentación de ambos recursos, y están a al espera de conocer lo que determine el juzgado.

En un informe, la fiscalía provincial de Valencia se suma al recurso interpuesto por la asociación y pide que se declaren vulnerados los derechos fundamentales reconocidos en los artículos 14 y 16 de la Constitución Española.

En concreto, considera vulnerados los derechos a la igualdad; la no discriminación; la libertad religiosa y de culto, y a no ser obligado a declarar sobre la ideología, religión o creencias, y pide la nulidad del acuerdo municipal.

Ataque frontal a la igualdad

La fiscalía considera que la decisión del ayuntamiento supone “un ataque frontal a la igualdad y no discriminación”, pues tal acuerdo supone “excluir a cualquier empresa, institución u organización de la posibilidad, por ejemplo, de contratar con una Administración Pública por el mero hecho de ser israelí”.

Además, añade, se advierte a la población de que llevar adelante tales acciones con empresas israelíes podría acarrear incluso una acusación por crímenes de guerra, lo que, a su juicio, “constituye una incitación” a que se “discrimine a estas empresas por el solo hecho de su nacionalidad” bajo “cierta coacción”.

El ministerio público cree que también es “objeto de agresión” la libertad ideológica y de culto y a no ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias, al señalar el acuerdo “sin rubor” que quedarán excluidas de esa prohibición quienes reconozcan “los derechos inalienables del pueblo palestino”.

“Es innegable que el acuerdo tiene el objetivo de disuadir a quienes no compartan sus ideas sobre el conflicto palestino-israelí, pues de no cumplir tales ideas, la exclusión es automática”, indica en el documento remitido al jugado.

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