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La Generalitat recurre al Supremo la sentencia del macrocentro comercial Intu Mediterráneo

Imagen virtual del proyecto Puerto Mediterráneo.

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La Generalitat Valenciana recurre al Tribunal Supremo la decisión judicial sobre el macroproyecto comercial y de ocio Intu Mediterráneo en Paterna. La Abogacía ha tomado esta decisión tras estudiar el fallo del Tribunal Superior de Justicia valenciano, que considera, “choca” con la legislación estatal y la normativa europea. Los abogados de la Generalitat piden al tribunal que fije doctrina para “asegurar un procedimiento con todas las garantías medioambientales, sociales y económicas”.

La sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJCV anuló la resolución de 2016 que denegó la propuesta de los promotores de Puerto Mediterráneo por entender insuficiente la memoria ambiental elaborada por la conselleria competente y emplazó a realizar una nueva que fije las condiciones para que la actuación propuesta por la mercantil Eurofund Investiment Puerto Ademuz sea sostenible.

Los abogados de la Generalitat advierten de que la decisión contraviene la normativa estatal y europea considerar que ya está aprobada esta actuación por parte del Consell -aun con correcciones- con el acuerdo de declaración de la Actuación Territorial Estratégica, dado que tal argumentación “es contraria a la ley estatal sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente”. Una norma que se basa en una directiva europea sobre la misma materia.

Los letrados consideran que, siguiendo la lógica y el criterio de la sentencia, la memoria ambiental no podría ser nunca negativa, dejando fuera de la evaluación ambiental aspectos como la localización, el consumo de suelo o el análisis de las ventajas económicas. Para los letrados, interpretar -como hace la sentencia-, que el acuerdo del Consell ya supone necesariamente la aprobación del proyecto, de forma que la Memoria Ambiental no puede ser negativa, supone una ausencia de evaluación ambiental y la vulneración de la citada ley.

Los responsables de Abogacía argumentan que cuando el Consell aprueba la ATE no dispone de toda la información para determinar si la iniciativa respeta o no la sostenibilidad ambiental, algo que solo se da en la fase de la memoria ambiental, una vez recibidos los informes y alegaciones. La memoria ambiental es el documento que tumbó el proyecto. Además, entienden que “el fallo presenta contradicciones e incongruencias, ya que, para determinados aspectos, como la ubicación o el consumo de suelo, el acuerdo del Consell de 2013 es inamovible”.

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