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El Gobierno valenciano no admitirá al personal que Ribera Salud ha colado a última hora cuando recupere la gestión del hospital de Torrevieja

Protesta a las puertas del hospital de Torrevieja para exigir la recuperación de la gestión pública.

Carlos Navarro Castelló

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La Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública sigue adelante con su hoja de ruta para recuperar la gestión pública del departamento sanitario adscrito al hospital de Torrevieja, cuya concesión de 15 años otorgada por el PP a Ribera Salud finaliza el próximo 15 de octubre.

El departamento que dirige la consellera Ana Barceló ya transmitió por escrito a la compañía en tiempo y forma que no haría efectiva una eventual prórroga de 5 años y que, a su finalización, asumiría el control de todos los servicios de salud en un proceso idéntico al llevado a cabo hace tres años, cuando se recuperó la gestión pública del hospital de Alzira.

Como ha venido informando elDiario.es, una reciente sentencia del Supremo ha avalado el proceso de reversión de este centro sanitario que en su día recurrió Ribera Salud.

Pese a todo, la compañía ya ha afirmado que no facilitará a la Conselleria de Sanidad la información requerida relativa a personal y pacientes para llevar adelante la recuperación pública del hospital de Torrevieja con garantías al considerar que el fallo declara nulo el procedimiento por no incluir la administración informes económicos sobre el impacto en las arcas públicas: “Si la Administración mantiene su hoja de ruta, deberá iniciar de nuevo el proceso de reversión, aportando el informe económico que exige la ley”, dijo José David Zafrilla, gerente en funciones del recinto sanitario.

La Conselleria de Sanidad, que ha ganado hasta ahora todos los recursos que ha interpuesto la compañía relativos al proceso de reversión de Torrevieja, lejos de replantearse el plan, tiene previsto presentar este jueves a los sindicatos de la mesa sectorial de sanidad (CCOO, SATSE, UGT, CESMCV-SAE, CSIF e Intersindical Valenciana) el borrador del decreto por el que se regulan los efectos de la extinción del contrato de gestión de servicio público por concesión del departamento de salud de Torrevieja en materia de personal, al que ha tenido acceso este diario.

El decreto confirma que “en fecha 16 de octubre de 2021, la Generalitat, a través de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, se subrogará en la condición de empleador que ocupaba la empresa concesionaria Torrevieja Salud en los contratos de trabajo vigentes en dicho momento, ya fueran temporales o indefinidos, suscritos al amparo del Estatuto de los Trabajadores, para ejecutar los servicios objeto del contrato de gestión de servicios públicos por concesión”.

El documento reconoce que “se entenderá también comprendido en el personal objeto de subrogación el que, no encontrándose en el ejercicio efectivo de sus actividades y funciones, tuviera derecho a la reserva de su puesto de trabajo de conformidad con el III Convenio Colectivo de trabajo de la empresa Torrevieja Salud U.T.E.”.

Además, advierte de que “la contratación de nuevo personal o el cambio de naturaleza jurídica del contrato de trabajo suscrito inicialmente por la empresa Torrevieja Salud que se haya producido entre el 1 de noviembre de 2020 y el 15 de octubre de 2021, que no disponga del informe favorable referido en el apartado 2 del presente artículo, no vincula a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, no pudiendo, por tanto, ser objeto de la subrogación”.

Como informó este diario, el pasado mes de marzo la empresa lanzó un anuncio por redes sociales para incorporar personal de forma indefinida, algo para lo que tiene pedir permiso a la conselleria, tal y como establecen las normas de reversión remitidas a la compañía el pasado mes de octubre.

El decreto establece que “el personal objeto de subrogación mantendrá su relación laboral en la condición de personal laboral a extinguir, pasando a prestar sus servicios bajo la dependencia orgánica y funcional de la conselleria competente en materia de sanidad, hasta la extinción del contrato de trabajo por cualquiera de las causas legalmente previstas”.

Los empleados objeto de subrogación “únicamente podrán adquirir la condición de personal empleado público mediante la superación de los procesos normativamente establecidos al efecto, respetando los principios constitucionales y legales aplicables”.

El personal laboral subrogado desempeñará “sus tareas en las mismas condiciones de trabajo que le fueran de aplicación de conformidad con su contrato, el convenio colectivo que resulte de aplicación y, supletoriamente, por lo dispuesto en el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores”. No obstante, “como personal laboral a extinguir, y desde el momento que pasen a prestar servicios para la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, sus condiciones de trabajo estarán siempre supeditadas al respeto de los principios generales que informan la actividad de las administraciones públicas”.

Las retribuciones del personal sujeto al decreto serán “las correspondientes al convenio colectivo en el momento de operar la subrogación, así como las que se deriven de su contrato de trabajo, sin perjuicio de su posterior modificación en los supuestos legalmente establecidos, y siempre que sean compatibles con el principio de estabilidad presupuestaria”.

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